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Ecografia oftalmologica uni o bilateral.

Código 18.01.09

Valores INOS
DICCIONARIO NACIONAL DE AUDITORIA PRACTICA - CODIGOS DEL CAPITULO 18
ECOGRAFIA
Autor: Dr De Michele Enrique


Es uni o bilateral.
El profesional que realice esta práctica deberá ser oftalmólogo y acreditar capacitación en el área. El informe debe ser bilateral. En caso contrario se producirán débitos por auditoría.

Las indicaciones son precisas en todos los casos en que no se puede visualizar la retina:

  1. Hemorragia del vitreo;

  2. Cataratas de cualquier origen;

  3. Córneas turbias;

  4. Sospecha de desprendimiento de retina o antecedentes de desprendimiento anterior;

  5. Tumores o sospecha de tumores.


18 - Ecografia

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